A partir del 13 de agosto comienzan a vencer los anticipos del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales 2022, pero a la fecha hay varias inconsistencias en Cuentas Tributarias de AFIP.

Anticipos de Impuesto a las Ganancias

  • Para su cálculo hay que tener en cuenta las Deducciones Personales que establece la Ley, las cuales fueron modificadas por la Ley 27.676 del 04/07/2022.
  • AFIP aún no ha reflejado en sus sistemas dicha modificación, por lo que los anticipos generados por el Sistema de Cuentas Tributarias son incorrectos.

Anticipos del Impuesto a los Bienes Personales

  • Para su cálculo hay que aplicar los parámetros establecidos por ley (escala y mínimo no imponible), los cuales desde el periodo fiscal 2022 deben actualizarse por IPC (Ley 27.667 del 31/12/2021), actualización que aún no ha sido publicada.
  • AFIP aún no ha reflejado en sus sistemas dicha modificación, por lo que los anticipos generados por el Sistema de Cuentas Tributarias son incorrectos.

Lo mantendremos al tanto de cualquier novedad que pueda surgir al respecto y las alternativas disponibles.

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