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El pasado 13 de febrero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (ARCA) 5824/2026, que introduce modificaciones estructurales al régimen de emisión y registración de comprobantes (RG 1415/2003). A continuación resumimos los principales cambios.
1. ¿Qué motiva esta reforma?
ARCA se encuentra implementando un nuevo régimen de Ganancias Simplificado e IVA Simple, con el objetivo de simplificar la carga de declaraciones juradas. Para lograrlo, necesita ampliar la información que ingresa al sistema mediante comprobantes electrónicos. La RG 5824 apunta a eso: incorporar al circuito formal a sectores que históricamente estaban exceptuados de facturar.
2. Nueva modalidad: Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual
Se incorpora como nueva categoría de comprobante. Permite a ciertos sujetos elegir entre:
- Emitir un comprobante por cada operación individual.
- Emitir un único comprobante electrónico mensual por cliente, cubriendo todas las operaciones del período.
| Aspecto | Condición |
|---|---|
| Plazo de emisión | Hasta el último día del mes calendario |
| Puesta a disposición del receptor | Dentro de los 10 días corridos desde la fecha de emisión |
| Requisito | Debe tener CAE y cumplir todos los requisitos formales de la RG 1415 |
3. Sujetos que pierden la excepción y quedan obligados a facturar
La norma elimina varios incisos del Anexo I de la RG 1415. Los siguientes sectores, que hasta ahora no emitían comprobantes fiscales, quedan obligados desde el 1 de julio de 2026:
- Entidades financieras
- Entidades aseguradoras
- Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito, compra y prepagas / PSP
- Directores de SA, síndicos, fiduciarios, socios gerentes de SRL
- Abogados y peritos por honorarios percibidos por vía judicial
- Instituciones educativas de gestión privada
- Medicina prepaga (cuotas directas no cubiertas por obra social)
Excepciones que se mantienen:
- Entidades de capitalización y ahorro
- Cooperativas de vivienda, crédito y consumo
- Casas y agencias de cambio autorizadas por el BCRA
- Aseguradoras de Riesgos del Trabajo
- Desarrolladores de tecnología de pago móvil (Decreto 858/2016)
4. Nuevas reglas de identificación del consumidor final
Se establecen tres niveles de identificación de los destinatarios de los comprobantes:
| Situación | Dato requerido |
|---|---|
| Operaciones menores a $10.000.000 | Leyenda “A CONSUMIDOR FINAL” |
| Operación igual o superior a $10.000.000 | DNI / CUIL / CDI (o documento extranjero) |
| Cliente solicita deducción en Ganancias | CUIT obligatoria |
Esta regla apunta a alimentar el sistema de Ganancias Simplificado para permitir la precarga de deducciones.
5. Reforma del régimen de puntos de venta
- Vinculación opcional a actividad económica del Sistema Registral (desde 01/07/2026).
- Habilitación mediante el servicio “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”.
6. Fechas claves
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Publicación en Boletín Oficial | 13/02/2026 |
| Inicio obligación nuevos sujetos | 01/07/2026 |
| Vinculación punto de venta – actividad | 01/07/2026 |
IMPORTANTE: Los sectores recientemente incorporados tienen tiempo hasta el 01/07/2026 para adecuar sus sistemas. Se espera reglamentación técnica complementaria de ARCA antes de esa fecha.
Ante cualquier consulta estamos a su disposición.
Consultora Marturet & Asociados