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El pasado 13 de febrero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (ARCA) 5824/2026, que introduce modificaciones estructurales al régimen de emisión y registración de comprobantes (RG 1415/2003). A continuación resumimos los principales cambios.

1. ¿Qué motiva esta reforma?

ARCA se encuentra implementando un nuevo régimen de Ganancias Simplificado e IVA Simple, con el objetivo de simplificar la carga de declaraciones juradas. Para lograrlo, necesita ampliar la información que ingresa al sistema mediante comprobantes electrónicos. La RG 5824 apunta a eso: incorporar al circuito formal a sectores que históricamente estaban exceptuados de facturar.

2. Nueva modalidad: Comprobante de Liquidación Electrónica Mensual

Se incorpora como nueva categoría de comprobante. Permite a ciertos sujetos elegir entre:

  • Emitir un comprobante por cada operación individual.
  • Emitir un único comprobante electrónico mensual por cliente, cubriendo todas las operaciones del período.

Aspecto Condición
Plazo de emisión Hasta el último día del mes calendario
Puesta a disposición del receptor Dentro de los 10 días corridos desde la fecha de emisión
Requisito Debe tener CAE y cumplir todos los requisitos formales de la RG 1415

3. Sujetos que pierden la excepción y quedan obligados a facturar

La norma elimina varios incisos del Anexo I de la RG 1415. Los siguientes sectores, que hasta ahora no emitían comprobantes fiscales, quedan obligados desde el 1 de julio de 2026:

  • Entidades financieras
  • Entidades aseguradoras
  • Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito, compra y prepagas / PSP
  • Directores de SA, síndicos, fiduciarios, socios gerentes de SRL
  • Abogados y peritos por honorarios percibidos por vía judicial
  • Instituciones educativas de gestión privada
  • Medicina prepaga (cuotas directas no cubiertas por obra social)

Excepciones que se mantienen:

  • Entidades de capitalización y ahorro
  • Cooperativas de vivienda, crédito y consumo
  • Casas y agencias de cambio autorizadas por el BCRA
  • Aseguradoras de Riesgos del Trabajo
  • Desarrolladores de tecnología de pago móvil (Decreto 858/2016)

4. Nuevas reglas de identificación del consumidor final

Se establecen tres niveles de identificación de los destinatarios de los comprobantes:

Situación Dato requerido
Operaciones menores a $10.000.000 Leyenda “A CONSUMIDOR FINAL”
Operación igual o superior a $10.000.000 DNI / CUIL / CDI (o documento extranjero)
Cliente solicita deducción en Ganancias CUIT obligatoria

Esta regla apunta a alimentar el sistema de Ganancias Simplificado para permitir la precarga de deducciones.


5. Reforma del régimen de puntos de venta

  • Vinculación opcional a actividad económica del Sistema Registral (desde 01/07/2026).
  • Habilitación mediante el servicio “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”.

6. Fechas claves

Hito Fecha
Publicación en Boletín Oficial 13/02/2026
Inicio obligación nuevos sujetos 01/07/2026
Vinculación punto de venta – actividad 01/07/2026

IMPORTANTE: Los sectores recientemente incorporados tienen tiempo hasta el 01/07/2026 para adecuar sus sistemas. Se espera reglamentación técnica complementaria de ARCA antes de esa fecha.

Ante cualquier consulta estamos a su disposición.

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