Consultora Marturet

Con el dictado de la Resolución General 5403E/2023 AFIP modificó el régimen de percepción instituido en octubre/2022 mediante el cual se estableció una percepción adicional del 25% para consumos en el exterior pagados con tarjetas de crédito/debito que superen los USD 300 al mes, adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo (sin mínimo) y servicios de transporte al exterior.

A partir del 15/08/2023, dicha percepción pasará a ser del 5% manteniendo su tratamiento impositivo:

  • Personas humanas: pago a cuenta del Impuesto a los Bienes Personales.
  • Resto de los sujetos: pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

En resumidas cuentas, si queremos convertir a pesos la adquisición de servicios o bienes en el exterior cuyo valor sea superior a USD 300 al mes, debemos multiplicar dicho monto por la cotización oficial BNA, y agregarle:

  • 30% de Impuesto PAIS
  • 45% de pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias
  • 5% de pago a cuenta del Impuesto a los Bienes Personales.
  • Total de recargos impositivos: 80%

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