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Oficial: Día del Empleado de Comercio se pasa al Lunes 25 de Septiembre

DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO

La ley 26541 establece como Día del Empleado de Comercio el 26 de setiembre de cada año.

Como este año la celebración coincide con un día martes, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) acordó con las Cámaras Empresarias de la actividad trasladar al día lunes 25 de setiembre.

Es importante destacar que este día se rige según las normas establecidas por la ley de contrato de trabajo para los días feriados.
En consecuencia, el día feriado no trabajado se calcula dividiendo la totalidad de la remuneración correspondiente al mes respectivo por 25, y aplicando el importe al día feriado en cuestión, generándose el “plus por feriado”.
Por el contrario, si el trabajador debiera prestar servicios, se le deberá abonar el día a valor normal más una suma igual, es decir, un recargo del 100% (art. 166, LCT).
Se aclara que deberán considerarse todos los conceptos remunerativos y no remunerativos en la base de cálculo.

A su disposición por cualquier inquietud.

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