MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA – Domicilio Electrónico Municipal (DEM)
A través del Decreto 829/2026 se reglamento la constitución, funcionamiento y utilización del Domicilio Electrónico Municipal (DEM), cuya aplicación como medio de notificación se circunscribirá, en esta primera etapa, exclusivamente para actos administrativos a cargo de la Dirección General de Rentas.
1. Instrumentación
Mediante plataforma informática:
- “Portal del Ciudadano de la Municipalidad de Concordia”, mediante usurario y contraseña, o
- Portal ARCA, servicio “Municipalidad de Concordia – Portal Ciudadano”.
2. Constitución del domicilio
Quedará perfeccionada la constitución de este cuando:
- El contribuyente, responsable o usuario acepte, con carácter de declaración jurada, los términos y condiciones contenidos en el Formulario de Adhesión.
- Y se produzca la validación de la dirección del correo electrónico informado.
Los contribuyentes tienen la obligación de mantener actualizados los datos de identificación y el contacto correspondiente.
3. ¿Qué puede notificar en el DEM la Dirección General de Rentas Municipal?
- Liquidaciones.
- Requerimientos.
- Intimaciones por falta de pago o de presentación de declaraciones juradas.
- Comunicaciones y demás actos administrativos de naturaleza tributaria.
4. Cuando se produce la notificación de la comunicación
Las notificaciones realizadas en el DEM gozan de plena validez y eficacia jurídica, desde el momento que ocurra primero:
a) el día en que el contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada procesada a la apertura del documento.
b) a las cero horas del día lunes inmediato posterior a la fecha en que la comunicación se encuentre disponible en la plataforma.
Observación: continúan vigentes los medios tradicionales de notificación. Ejemplo: soporte papel.
5. ¿Quiénes están obligados a constituir y mantener activo el DEM?
A través del Decreto 829/2026 quedan obligados los contribuyentes de Tasa Comercial, de acuerdo con el siguiente cronograma, conforme al último digito del CUIT:
| CUIT terminados en: | Hasta el: |
| 0 – 1 – 2 -3 | 30-09-2026 |
| 4 – 5 – 6 | 31-10-2026 |
| 7 – 8 – 9 | 30-11-2026 |
| Régimen de Pequeños Contribuyentes (todas las terminaciones) | 30-11-2026 |
Importante: no cumplir con la constitución del mismo, será considerado incumplimiento de un deber formal pasible de sanciones según el código fiscal vigente (Multas personas físicas $ 20.000.-, sociedades $ 40.000.-).
Quedamos a su disposición ante cualquier inquietud.
Consultora Marturet & Asociados