A través de las Resolución 50/2024 y 55/2024 del Ministerio de Economía publicadas en el Boletín Oficial del 26-01-2023 y del 07-02-2024, se establece la reglamentación del programa de Fomento al Consumo y a la producción de Bienes y servicios denominado “CUOTA SIMPLE”, que estará vigente desde el 01/02/2024.
CUOTA SIMPLE viene a reemplazar lo que hasta ahora conocíamos como Ahora 12 (vigente hasta el 31/01/2024). Los principales puntos de la normativa a destacar son:
- Plazos de financiación: hasta 3 y 6 cuotas (antes hasta 24).
- Tasas máximas de descuento (*):
- 10,76% (3 cuotas) Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado: 1,149.
- 19,76% (6 cuotas) Factor máximo a aplicar sobre el precio de contado 1,314.
(*): La tasa será variable equivalente al 85% de la tasa de plazos fijos que establezca el Banco Central (BCRA) para 30 días, actualizándose de forma automática al tercer día hábil posterior a que el BCRA eventualmente la modifique.
Esto quiere decir que la tasa de interés a aplicar será variable, requiriendo un constante seguimiento de dicha variable por parte de la administración de su empresa.
- Rubros excluidos: quedan afuera del programa Cuota Simple:
- Materiales y herramientas para la construcción (con productos como cemento, ladrillos, chapa, aberturas, pintura, caños y cerámicos),
- Cuidado personal (peluquerías y centros de estética)
- Servicios de instalación de alarmas.
- Se sustituyen las etiquetas que deben colocar los comercios adheridos con el nuevo nombre del programa.
- Vigencia: estará vigente hasta el 31 de mayo del 2024, pudiendo ser prorrogado.
En los siguientes links puede acceder la circular elaborada por Consultora Marturet completa y las normativas publicada en el Boletín Oficial en formato PDF y el Micrositio del programa cuota simple:
CIRCULAR NRO 278 – Cuota Simple
20240127 – Anexo Circular 278 – Res 50-2024 ME